
En Nicaragua, la Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo (Ley 618) obliga a los empleadores a proteger a sus trabajadores, y eso incluye proporcionar el equipo de protección personal (EPP) adecuado y sin costo para ellos. Además de cumplir la ley, el EPP correcto evita accidentes y días de trabajo perdidos.
Empiece por los riesgos de cada puesto
No todos los trabajadores necesitan lo mismo. Pregúntese en cada área: ¿hay riesgo de golpes en la cabeza, caída de objetos, partículas en los ojos, cortes, químicos, ruido, polvo o trabajo en altura?
El equipo más común
- Cabeza: cascos de seguridad en construcción, bodegas y talleres.
- Ojos y cara: lentes de protección, gafas tipo goggle y caretas para soldadura o partículas.
- Manos: guantes de cuero para trabajo pesado; otros específicos para químicos o soldadura.
- Pies: botas de seguridad con punta de acero; botas de hule para zonas húmedas; botas blancas para la industria de alimentos.
- Visibilidad: chalecos reflectivos para bodegas, parqueos y trabajos cerca de vehículos.
- Altura: arneses y líneas de vida.
- Oídos y respiración: tapones, orejeras y mascarillas o respiradores según el ambiente.
Consejos para elegir
- Elija la talla correcta: un equipo incómodo no se usa.
- Revise y reemplace el equipo dañado o vencido.
- Capacite al personal en cómo usarlo.
- Complete con señalización y botiquines en el centro de trabajo.
Le ayudamos a equipar a su personal
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